EL PRINCIPIO ULTRA VIRES EN LAS SOCIEDADES COMERCIALES

 

Mauricio Becerra de la Roca Donoso

publicado en periódico El Deber 09/10/2016

En el derecho corporativo el principio ultra vires (es el que considera que los actos de las entidades públicas o privadas que rebasan el límite de la ley) se relacionan con el objeto social, podemos señalar que su aplicación a las sociedades comerciales se determina el campo de acción dentro de la sociedad que se desarrollará sus negocios.

El principio ultra vires ha sido por diversas legisladoras de países como Colombia y España, las prioridades que las sociedades constituidas en sus paísesn podrán desarrollar las actividades que se alegan en el instrumento de constitución. Sin
embargo, la tendencia del derecho corporativo en el que se den en la doctrina del ultra vires, dis que las sociedades comerciales se encuentran habilitadas a realizar los actos lícitos o por los peligros por la ley.

En el derecho anglosajón que es donde se surgió este principio, la doctrina moderna considera que las sociedades comerciales se encuentran habilitadas para realizar todos los actos de comercio lícitos.

Por ejemplo en Estados Unidos, ley modelo de sociedades comerciales prevista que "la validez de los actos de comercio no ser objetada con base en que la sociedad no tiene o no la facultad para efectuar ese acto".

El principio ultra vires continúa para las sociedades sin fines de lucro o empresas públicas creadas con objetos específicos, como ser las universidades y las fundaciones.

Aplicabilidad en Boliv
iaEl principio ultra vires se ve muy previsto en nuestra legislación de manera general en el Artículo 54 del Código Civil que establ
ece: "Las colectivas tienen capacidad jurídica y capacidad de obrar dentro de los límites fijados por los fines que determinan su constitución".

De lo anterior se deducir que la capacidad de la persona colectiva comprende solo derecho el dominio de su aplicación se limita a la propiedad, a las obligaciones y a los demás medios de adquirir según su objeto, o como dices el artículo dentro de los límites que determinan las multas de su constitución.

En realidad se trata de una capacidad jurídica o subordinada a la autorización gubernamental (arte. 58 del Código Civil) y su capacidad se extiende solo para lo expresamente autorizado, mientras la persona individual existe, en su caso, aun antes de la concepción.

De igual forma, dentro de los requisitos que debe contener la escritura de constitución de las sociedades comerciales, el Artículo 127 inciso 4) del Código de Comercio dispone como requisito esencial el "Objeto social, que debe ser preciso y determinado", siendo que en varios casos el Registro de Comercio rechaza o solicita la modificación de la constitución antes de otorgar la Matrícula de Comercio , cuando el objeto social es genérico demasiado.

Sin embargo, surge la duda de los efectos que si se tiene un acto realizado ultra vires, excediendo el objeto social de la sociedad si este resultado válido o ser nulo, anulable o ser convalidado por los socios o accionistas.

Al respecto, se tiene que las consecuencias de una infracción o de una infracción de las restricciones contractuales contenidas en el mandato, se traducen en la responsabilidad interna de los administradores o representantes que incurran en ellas. E
l arte. 163 del Código de Comercio con precio dos a regla general:

Actos o negocios notoriamente extraños al giro de la sociedad o contravención conocida por el tercero de la representación conjunta en materia de obligaciones contractuales contraídas mediantes-valores o por contratos entre ausentes y de adhesión.

En estos dos, el tercero aparece, puede decirse, complicado en la extralimitación o en la infracción y no puede fundar ninguna pretensión, si la sociedad niega la cumplimiento de una obligación asumida, en su propia evidente falta de buena fe, por aplicación de las reglas generales de derecho.

En el mérito a exposi a lo expuesto, se puede concluir que el principio ultra vires se encuentran contemplado y vigente en la legislación nacional en materia societaria, siendo que en materia civil es aplicable de manera más y amplia en materia corporativa de más contenida, puesto que los actos realizados fuera del giro social solamente podría ser desconocido por la sociedad comercial en los casos antes de las puntas.

Por ello se deducir la importancia que los documentos constitutivos de sociedades sean redactados por abogados especializados, y se contemple un objeto social claro y preciso que evite la necesidad de futuras modificaciones y modificaciones a la escritura social

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